SEPMA defiende, junto al bloque de sindicatos, plataformas y asociaciones, que cualquier solución legislativa debe reparar a las personas afectadas, sancionar a las Administraciones incumplidoras y evitar que el abuso de temporalidad vuelva a repetirse
Tras la acción conjunta desarrollada el pasado 23 de junio en el Congreso de los Diputados, en la que SEPMA participó junto a sindicatos, plataformas y asociaciones, el debate se centra ahora en el contenido del documento registrado: las “Líneas Rojas Innegociables” para una solución legislativa al abuso de temporalidad en el sector público.
No se trata solo de un escrito reivindicativo. Es un documento de base jurídica, sindical y social que fija las condiciones mínimas que debe cumplir cualquier futura norma si pretende responder de forma real al abuso sufrido por cientos de miles de personas empleadas públicas. El texto parte de una idea central: el problema no puede seguir abordándose como una simple estabilización de plazas, porque lo que debe repararse es el abuso sufrido por las personas.
El contexto es especialmente relevante. España afronta una fecha clave: el 29 de junio, plazo vinculado al dictamen motivado de la Comisión Europea sobre el abuso de temporalidad en el sector público español. La respuesta legislativa que se adopte no puede ser un nuevo parche. Debe cumplir la Directiva 1999/70/CE, respetar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y garantizar una reparación efectiva para quienes han sufrido años de precariedad en las Administraciones Públicas.
Cinco líneas rojas para una solución real
El documento presentado fija cinco exigencias innegociables.
La primera es que ninguna persona trabajadora del sector público que haya sido víctima de abuso de temporalidad, tanto si continúa prestando servicios como si ha cesado, puede quedar sin un resarcimiento proporcional, disuasorio y efectivo.
La segunda reclama una ley de “punto final” que garantice la transposición íntegra de la cláusula 5 de la Directiva 1999/70/CE al sector público y que concrete tanto la reparación de las víctimas como las medidas para impedir que el abuso vuelva a repetirse.
La tercera exige la creación de un organismo independiente de las Administraciones infractoras, encargado de determinar la existencia de abuso y garantizar que los responsables sean sancionados.
La cuarta reclama la paralización de ceses y despidos hasta la entrada en vigor de la nueva regulación, para evitar daños irreversibles sobre las personas afectadas.
La quinta plantea la apertura de una negociación directa con las organizaciones que representan al personal temporal en abuso, es decir, con quienes han sostenido esta reivindicación desde la experiencia directa de las personas afectadas.
Desde SEPMA compartimos este enfoque: una solución que no repare a las personas afectadas, que no sancione a quienes han permitido el abuso y que no impida su repetición no puede considerarse conforme al Derecho europeo.
El abuso debe definirse por la realidad de la relación, no por etiquetas administrativas
Uno de los puntos más importantes del documento es la definición del abuso de temporalidad. Las “Líneas Rojas” plantean que debe entenderse que existe abuso cuando una Administración mantiene relaciones temporales durante más de tres años con la misma persona, con independencia del tipo de nombramiento o contrato, del número de vínculos formalizados o de la denominación interna de la plaza.
Este planteamiento es clave porque impide que la Administración pueda ocultar una necesidad estructural detrás de cambios formales, denominaciones internas o sucesivas fórmulas administrativas. Si una persona lleva años desempeñando funciones necesarias, ordinarias y permanentes, esa realidad debe tener consecuencias jurídicas.
Para SEPMA, la forma de evitar que la temporalidad se perpetúe no es mirar hacia otro lado, sino dotar al sistema de herramientas legales eficaces para que las Administraciones regularicen de una vez las situaciones de abuso ya existentes y garanticen una relación laboral estable a las personas temporales afectadas.
A partir de ahí, los nuevos ingresos temporales deben estar sometidos a límites claros, planificación real y control efectivo de los plazos. Cuando una necesidad temporal se prolonga en el tiempo, deja de ser una necesidad coyuntural y evidencia la existencia de una plaza o puesto estructural que debe incorporarse correctamente a la organización administrativa.
Por eso, resulta imprescindible una negociación colectiva seria y eficaz sobre las RPT, plantillas, ofertas de empleo público y procesos selectivos, de forma que reflejen las necesidades reales de cada Administración. Solo así se podrá ordenar el acceso al empleo público, cubrir adecuadamente los servicios y evitar que la temporalidad vuelva a convertirse en una forma ordinaria de gestión de personal.
Para SEPMA, la realidad material debe prevalecer sobre la apariencia formal: cuando una Administración mantiene durante años a una persona en funciones permanentes, no estamos ante una temporalidad legítima, sino ante una situación que exige reparación, estabilidad y garantías de no repetición.
Reparación proporcional: estabilidad, compensación y protección universal
El documento defiende que la reparación debe adaptarse al daño sufrido. Para quienes siguen en abuso y no han obtenido estabilidad, la medida preferente debe ser el reconocimiento de la estabilidad en el empleo público, mediante el acceso a la condición de personal funcionario de carrera, estatutario fijo, laboral fijo o figura equivalente, con plena equiparación de derechos respecto al personal fijo comparable.
También se prevé reparación para quienes hayan obtenido estabilidad por otras vías, porque el acceso posterior a una plaza no borra años de precariedad, incertidumbre y perjuicios laborales.
Además, el documento identifica supuestos de abuso agravado, como relaciones temporales superiores a cinco años, ceses pese a reconocimientos previos de abuso o exclusión de procesos de estabilización pese a cumplir requisitos.
La propuesta incluye al personal cesado o jubilado que haya impugnado su situación, y establece que el sistema de reparación debe aplicarse a todo el personal en abuso, con independencia de su régimen jurídico, modalidad de nombramiento o situación administrativa actual.
Sanciones reales para que el abuso no salga gratis
El documento insiste en que la reparación será insuficiente si no va acompañada de un régimen sancionador real. La experiencia demuestra que la falta de consecuencias efectivas ha permitido que muchas Administraciones mantengan durante años prácticas contrarias al Derecho de la Unión Europea.
Por ello, las “Líneas Rojas” reclaman plazos claros, sanciones automáticas y personales para las autoridades responsables, exclusión de mecanismos ineficaces de ejecución y responsabilidad adicional cuando el abuso se mantenga pese a haber sido identificado.
La idea de fondo es clara: incumplir el Derecho europeo debe resultar más gravoso que cumplirlo.
Desde SEPMA consideramos que este punto es fundamental. No puede ser la ciudadanía quien pague, a través del erario público, las consecuencias de decisiones administrativas que han mantenido durante años a personal empleado público en situación de abuso. La responsabilidad debe ser efectiva, identificable y disuasoria.
El 29 de junio: una fecha clave para comprobar si España cumple con Europa
La base jurídica del documento se apoya en la Directiva 1999/70/CE, que incorpora el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada y obliga a los Estados miembros a prevenir los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos o relaciones temporales.
La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha insistido de forma reiterada en que las medidas frente al abuso deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias. Esto significa que no basta con reconocer que el abuso existe. Deben adoptarse consecuencias reales que eliminen sus efectos, reparen a las personas afectadas e impidan que vuelva a repetirse.
Por eso, la respuesta que se conozca en torno al 29 de junio será determinante. Si el Gobierno plantea una norma que vuelve a centrarse solo en plazas, procesos abiertos o indemnizaciones insuficientes, el problema seguirá sin resolverse. La cuestión central es si la futura regulación va a reparar el abuso sufrido por las personas y va a sancionar de verdad a las Administraciones responsables.
Desde SEPMA defendemos que la solución debe ser clara: cumplimiento europeo, reparación efectiva, estabilidad, sanción y garantías de no repetición.
Una lucha común, una respuesta colectiva
Para SEPMA, el valor de las “Líneas Rojas” no está solo en su fundamentación jurídica, sino también en la unidad que representan. Plataformas, sindicatos, asociaciones y personas afectadas han construido un espacio común de reivindicación frente a años de silencio, fragmentación e incertidumbre.
Esta lucha no enfrenta a personas trabajadoras entre sí. Señala una responsabilidad institucional: la de unas Administraciones que han utilizado durante años relaciones temporales para cubrir necesidades permanentes y la de un legislador que aún no ha ofrecido una respuesta suficiente.
El Congreso tiene ahora una responsabilidad histórica. La respuesta que se conozca en torno al 29 de junio no puede limitarse a un nuevo parche ni a una fórmula que vuelva a trasladar las consecuencias del abuso sobre las personas afectadas. Debe ser una solución legal, clara, justa y plenamente conforme al Derecho europeo.
Desde SEPMA lo defendemos con firmeza: no basta con estabilizar plazas; hay que reparar a las personas.
Unidad frente al abuso. Reparación frente a la precariedad. Cumplimiento europeo frente a la inacción. #FijezaYa

