SEPMA analiza el nuevo permiso retribuido para funcionarios del Estado: ¿podrá aplicarse en la Administración Local?

Informamos sobre el reciente acuerdo adoptado en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado para regular un permiso retribuido de hasta tres meses destinado al cuidado de hijos o menores a cargo gravemente enfermos

Aunque esta medida afecta de forma directa al personal funcionario del Estado, desde SEPMA planteamos el debate sobre su posible implantación en el ámbito de la Administración Local, donde desempeñamos nuestras funciones.

Permiso retribuido: hasta tres meses con posibilidad de prórroga

El acuerdo alcanzado prevé que el personal funcionario de la Administración General del Estado pueda acogerse a un permiso retribuido de tres meses, ampliable a dos meses adicionales, siempre que existan causas médicas justificadas relacionadas con el cuidado de menores gravemente enfermos o afectados por enfermedades terminales.

Este permiso se podrá disfrutar de dos formas:

  • Reducción de jornada de al menos un 50 %, manteniendo el resto de la jornada laboral.
  • Acumulación de la reducción en jornadas completas de ausencia del puesto de trabajo.

En ambos casos, el tiempo no trabajado será retribuido.

¿A quién afecta este permiso?

Esta medida va dirigida a personas funcionarias que sean progenitores biológicos, adoptantes o acogedores permanentes del menor que requiera atención médica intensiva, siempre que acrediten la situación con informes facultativos y documentación oficial. Actualmente, este derecho se limita al personal funcionario de la Administración General del Estado.

Fundamento normativo

Este avance se sustenta en el artículo 49.e del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), donde ya se contemplaba la posibilidad de conceder permisos por estas causas. El nuevo acuerdo detalla las condiciones para su aplicación y será formalizado próximamente mediante Real Decreto.

Otras medidas en la agenda de Función Pública

Este acuerdo se enmarca dentro de una serie de reformas impulsadas en la Mesa General de Negociación de la AGE, entre las que también se incluyen:

  • Un nuevo marco regulador para la integración laboral de personas con discapacidad.
  • El IV Plan de Igualdad de Género en la Administración General del Estado.
  • Un acuerdo europeo sobre prevención de la violencia y el acoso en el ámbito laboral.

¿Y en la Administración Local?

Desde SEPMA queremos destacar que, si bien esta medida no tiene aplicación directa en la administración local, existe la posibilidad de que las entidades locales adapten y negocien permisos similares en sus respectivos convenios o acuerdos reguladores.

Las administraciones locales, dentro de su capacidad de autorregulación y mediante negociación colectiva con la representación sindical, pueden adoptar medidas que favorezcan la conciliación familiar, siempre que se respete el marco normativo básico estatal.

Posicionamiento de SEPMA

En SEPMA consideramos que este tipo de permisos son fundamentales para garantizar la protección familiar en situaciones de especial vulnerabilidad y reclamamos que:

  • Se estudie su implantación a nivel local, mediante acuerdos en los ayuntamientos y diputaciones.
  • Se abra una línea de negociación en las mesas generales de cada entidad, para adaptar esta medida al personal funcionario y laboral de las corporaciones locales.
  • Se garantice una financiación adecuada, de modo que estas medidas no generen desigualdades ni sobrecargas en las plantillas locales.

Desde SEPMA seguiremos atentos a la evolución normativa de esta medida y a las posibilidades de su extensión en el ámbito local, como parte de nuestro compromiso con la mejora de los derechos laborales y sociales de las personas empleadas públicos.

Fuente: CEMICAL

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