Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2023, publicado el 29 de junio de 2023, se han introducido importantes cambios en permisos y derechos laborales que benefician tanto a trabajadores del sector público como privado. A continuación, te explicamos de forma clara y detallada qué modificaciones se han realizado y cómo puedes aprovecharlas.
Cambios en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)
Si eres empleado público, estas son las novedades que te afectan:
- Permisos por enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica
- Ahora incluyen a la pareja de hecho y a convivientes sin parentesco que necesiten cuidado efectivo.
- Duración del permiso: 5 días hábiles independientemente de dónde ocurra el hecho.
- Permiso por defunción
- Cónyuge, pareja de hecho o familiares de primer grado: 3 o 5 días hábiles, según la localidad.
- Familiares de segundo grado: 2 o 4 días hábiles, según la localidad.
- Permiso por matrimonio o constitución de pareja de hecho
- Se extiende a parejas de hecho formalizadas.
- Duración del permiso: 15 días.
- Nuevo permiso parental
- Duración: Hasta 8 semanas.
- Uso: Para el cuidado de hijos, hijas o menores acogidos durante más de un año hasta que cumplan 8 años.
Cambios en el Estatuto de los Trabajadores (ET)
Si trabajas en el sector privado, estas son las modificaciones que te benefician:
- Ampliación de permisos por cuidado y situaciones familiares
- Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica:
- Ampliado a la pareja de hecho, familiares de segundo grado de esta, y convivientes que necesiten cuidado.
- Duración del permiso: 5 días hábiles.
- Permiso por fallecimiento:
- Cónyuge, pareja de hecho o familiares de primer grado: 3 o 5 días hábiles según la localidad.
- Familiares de segundo grado: 2 o 4 días hábiles según la localidad.
- Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica:
- Nuevo permiso por fuerza mayor familiar
- Derecho a ausencias justificadas por emergencias familiares.
- Duración: Hasta 4 días al año, retribuidos.
- Permiso parental
- Duración: Hasta 8 semanas.
- Uso: Para el cuidado de hijos o menores acogidos hasta los 8 años.
- Adaptación de la jornada laboral
- Nuevos beneficiarios:
- Hijos mayores de 12 años, cónyuges, parejas de hecho y familiares hasta segundo grado, así como convivientes dependientes.
- Plazo de resolución: Reducción a 15 días (antes 30).
- Si la empresa no responde en ese plazo, se considera aprobado automáticamente.
- Nuevos beneficiarios:
- Permiso por matrimonio o constitución de pareja de hecho
- Se reconoce también para parejas de hecho.
- Duración: 15 días.
- Permiso de lactancia y reducción de jornada
- Incluye al cónyuge y pareja de hecho como posibles beneficiarios.
- El empleador debe garantizar que ambos progenitores puedan ejercer este derecho de forma alterna si trabajan en la misma organización.
Cambios en la Ley General de la Seguridad Social
- Cómputo de períodos como cotizados
- Se amplía a 5 años (antes 2) el tiempo que puede computarse por períodos de formación o prácticas, mediante convenio especial con la Seguridad Social.
Protección frente a despidos y derechos laborales
- Despidos nulos
- Durante el disfrute de permisos parentales o adaptaciones de jornada (art. 34.8 del ET).
- También aplica a despidos disciplinarios bajo estas circunstancias.
- Cálculo de indemnizaciones
- El salario para el cálculo de indemnizaciones no se verá afectado por reducciones de jornada relacionadas con permisos o conciliación.
Estos avances en derechos laborales están diseñados para mejorar la conciliación de la vida laboral y familiar, garantizar la igualdad de género y reforzar la protección frente a situaciones de vulnerabilidad. Desde ahora, tanto empleados públicos como trabajadores del sector privado tienen más herramientas para equilibrar su vida personal y profesional.
Para beneficiarte, consulta con tu sindicato las condiciones específicas y las vías para solicitar estos permisos. En SEPMA, estamos a tu disposición para asesorarte y garantizar que ejerzas plenamente tus derechos.