Protección de Datos en el Trabajo Público (I): ¿Qué datos puede tratar tu empleador/a?

La protección de datos no es solo un derecho constitucional, sino una herramienta clave para preservar la intimidad de las personas trabajadoras en su entorno laboral. En esta primera entrega de la serie de SEPMA sobre protección de datos en el trabajo público, te explicamos qué tipo de información puede recopilar y tratar tu empleador… y cuáles no.

 ¿Qué es un “dato personal”?

Según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), se considera dato personal cualquier información que permita identificar, directa o indirectamente, a una persona física. Esto incluye:

  • Nombre y apellidos
  • DNI o número de Seguridad Social
  • Dirección, teléfono o correo electrónico
  • Fecha de nacimiento, sexo o nacionalidad
  • Datos académicos, laborales o bancarios
  • Opiniones, creencias, afiliación sindical o situación de salud

Incluso las valoraciones subjetivas sobre una persona trabajadora —por ejemplo, en un proceso de selección— se consideran datos personales y están protegidas.

 ¿Qué datos puede solicitar tu empleador/a?

El principio de minimización obliga a las administraciones y empresas a tratar solo los datos “adecuados, pertinentes y limitados” a lo estrictamente necesario para la relación laboral. Esto significa que solo pueden pedirte información relacionada con tu trabajo, como:

  • Identificación básica (nombre, DNI, Seguridad Social)
  • Datos de contacto profesional
  • Formación académica y experiencia
  • Certificados exigidos por ley (por ejemplo, permiso de conducir para ciertos puestos)

Pero no pueden pedirte información privada que no sea necesaria para el empleo, como:

  • Tus perfiles en redes sociales (salvo que estén relacionados con funciones profesionales específicas)
  • Información médica no justificada
  • Creencias religiosas o afiliación política
  • Declaraciones fiscales, salvo excepciones reguladas por ley
  • Datos sobre familiares o allegados, salvo consentimiento expreso

 ¿Qué puede hacer SEPMA?

Desde SEPMA vigilamos que en las administraciones públicas se respete escrupulosamente este derecho. Si sospechas que se han solicitado datos indebidos o que se están tratando sin justificación, puedes acudir a tu sección sindical o a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

🗓️ Próxima entrega: ¿Puedo negarme a dar mi consentimiento para el tratamiento de mis datos?

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By Comunicaciones SEPMA

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