El 9 de octubre, el Abogado General de la UE se pronunciará sobre el abuso de temporalidad en el empleo público: clave el caso Obadal (C‑418/24)

El próximo jueves 9 de octubre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dará a conocer el informe de conclusiones del Abogado General en el caso Obadal (C-418/24), un proceso con profundas implicaciones para miles de personas empleadas públicas temporales en España, contratadas durante años, sin una solución definitiva.

Este informe, si bien no es vinculante, suele anticipar la orientación de la posterior sentencia del TJUE, que en muchos casos sigue las recomendaciones de la Abogacía General. Por tanto, esta fecha representa un hito clave en la lucha sindical contra el abuso sistemático de la temporalidad en las administraciones públicas.

 ¿Qué se juzga en el asunto Obadal (C‑418/24)?

El caso fue elevado por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo español a raíz del recurso interpuesto por una profesional laboral temporal que prestó servicios durante 8 años en la Comunidad de Madrid. Esta persona, como tantas otras en la misma situación, ha encadenado contratos temporales sin justificación objetiva ni procesos de consolidación, lo que constituye —según la doctrina del TJUE— un posible abuso de temporalidad prohibido por la Directiva 1999/70/CE.

La cuestión prejudicial se plantea como respuesta directa a la relevante sentencia del TJUE del 22 de febrero de 2024, en la que el tribunal europeo afirmó que:

  • La figura del indefinido no fijo continúa siendo una forma de contratación temporal.
  • Su mantenimiento durante años implica un nuevo abuso.
  • La fijeza como sanción es una medida jurídicamente válida y proporcionada frente a esa situación.

Frente a este criterio claro del TJUE, la Sala de lo Social del Supremo parece proponer mantener la figura del indefinido no fijo como única salida, o en su defecto, sustituir la conversión en fijo por una indemnización de 33 días por año trabajado, antes que reconocer el derecho a integrarse como personal fijo.

 Importancia del informe del Abogado General

Aunque no tiene carácter vinculante, el informe del Abogado General representa la interpretación preliminar de la Comisión Europea sobre la normativa comunitaria. En más del 70 % de los casos, el TJUE sigue esta línea argumental en su sentencia final.

Este informe podría aclarar si España está cumpliendo o no con las obligaciones europeas en materia de empleo público temporal. Y, sobre todo, podría determinar si la actual figura del indefinido no fijo cumple con el Derecho de la Unión Europea, o si debe garantizarse la conversión en fijo como medida reparadora y disuasoria frente al abuso de temporalidad.

Desde SEPMA: exigimos soluciones estructurales, no parches jurídicos

Desde SEPMA, como sindicato comprometido con la defensa de los derechos del personal empleado público, insistimos en que:

  1. La fijeza no es un privilegio, sino una obligación jurídica derivada del cumplimiento del Derecho Europeo.
  2. La figura del indefinido no fijo no sanciona el abuso, sino que lo perpetúa.
  3. Las indemnizaciones económicas, aunque elevadas, no son medidas efectivas ni disuasorias.
  4. Las administraciones públicas deben asumir su responsabilidad tras décadas de contratación irregular.

📌 Fuente: APISCAM 

Comunicaciones SEPMA

By Comunicaciones SEPMA

Nosotros tu voz, tú nuestra fuerza