Aunque un convenio o acuerdo laboral esté formalmente vencido, sus condiciones no desaparecen. Gracias al principio de ultractividad, el personal público sigue protegido hasta que se firme uno nuevo. Pero eso no significa que debamos quedarnos de brazos cruzados. Aquí te explicamos qué puedes exigir y cómo debe actuar el sindicato.
¿Qué es la ultractividad?
La ultractividad es la prórroga automática de un convenio colectivo caducado.
En el empleo público, esta prórroga suele mantenerse de forma indefinida, salvo que exista un pacto en contrario.
Esto significa que las condiciones laborales siguen aplicándose aunque el convenio esté vencido… pero solo mientras se negocia activamente uno nuevo.
¿Qué pasos debe dar el sindicato?
1. Denuncia formal del convenio
El primer paso es registrar la denuncia del convenio o acuerdo vencido, lo que activa la obligación de negociar (según el EBEP, arts. 36 y 37 y el ET, art. 86).
2. Constitución de la mesa de negociación
Tras la denuncia, debe abrirse la mesa negociadora. La administración tiene el deber legal de sentarse a negociar.
3. Mediación o arbitraje si no hay avances
Si en 12 meses no se alcanza un acuerdo, la ley obliga a recurrir a mecanismos como la mediación o el arbitraje, para evitar el bloqueo negociador (Reforma Laboral 2021).
¿Qué pasa si la administración no negocia?
En caso de inacción, bloqueo o retroceso, el sindicato puede:
- Interponer un conflicto colectivo laboral.
- Recurrir judicialmente por vulneración del derecho a la libertad sindical (art. 28 CE).
- Acudir a la inspección de trabajo si hay irregularidades evidentes.
La defensa de un convenio vencido también es una batalla política y social. Estas son herramientas legítimas que SEPMA activa en estos casos:
Asambleas informativas
Campañas internas y en redes
Comunicados públicos y ruedas de prensa
Apoyo jurídico a las secciones afectadas
Jurisprudencia reciente
El Tribunal Supremo (22 de junio de 2025) ha recordado que, mientras un convenio esté en ultractividad, no se puede abrir otra mesa paralela hasta que no se resuelva el proceso abierto.
En el empleo público, los convenios y acuerdos se prorrogan automáticamente año a año, salvo denuncia expresa. Aun así, la administración puede modificar cláusulas solo si acredita un interés público grave (EBEP art. 32.2).
Ultractividad no significa pasividad.
Defender los derechos conquistados requiere organización, estrategia y unidad.
Desde SEPMA seguiremos denunciando, presionando y recurriendo si es necesario.
La defensa sindical no se detiene: se adapta.

