El Tribunal Supremo declara nulo el despido de un trabajador por reclamar sus derechos laborales

El tribunal establece que la compañía vulneró el derecho de garantía de indemnidad del empleado, obligándola a readmitir al trabajador, abonarle los salarios dejados de percibir y a indemnizarlo con 6.000 euros por la vulneración de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

La Ley del Derecho a la Defensa y su impacto en el fallo

Por primera vez, el Supremo hace referencia a la reciente Ley Orgánica del Derecho a la Defensa, en vigor desde el 6 de diciembre de 2024. Aunque el caso juzgado ocurrió antes de la aplicación de esta norma y no es directamente aplicable, la sentencia recuerda que la ley refuerza la garantía de indemnidad de los trabajadores, protegiéndolos frente a posibles represalias por reclamar sus derechos laborales, incluso dentro de la propia empresa.

Anteriormente, las reclamaciones internas no activaban la garantía de indemnidad, pero con esta nueva ley, cualquier actuación que tenga como objetivo exigir el cumplimiento de derechos laborales está protegida. Esto implica que los empleados no pueden ser sancionados ni despedidos como consecuencia de ejercer estos derechos.

Contexto del caso: denuncias de incumplimientos laborales

El trabajador había denunciado reiteradamente ante la empresa el incumplimiento de la jornada laboral y la falta de pago de horas extraordinarias. Incluso, había presentado varias denuncias ante la Inspección de Trabajo, alegando irregularidades en las condiciones laborales. En una ocasión, el empleado se negó a realizar un servicio adicional tras haber cumplido 12 horas de trabajo, ya que aceptar habría supuesto extender su jornada en otras dos horas más. Como respuesta, la empresa le abrió un expediente disciplinario que terminó en despido.

El Tribunal Supremo concluye que estas circunstancias evidencian que la compañía buscaba «deshacerse de un trabajador molesto y reivindicativo». Además, establece que la empresa no presentó pruebas que justificaran que el despido no estaba vinculado con las reclamaciones del trabajador.

La garantía de indemnidad y la carga de la prueba

La sentencia subraya que la garantía de indemnidad protege a los trabajadores frente a represalias derivadas del ejercicio legítimo de sus derechos laborales. En este caso, la empresa no pudo probar que su decisión de despedir al empleado fuera ajena a esta vulneración.

El Tribunal Supremo recalca que, de acuerdo con la jurisprudencia, es responsabilidad de la empresa demostrar que no actuó como represalia. Sin embargo, los indicios presentados demostraron lo contrario: el despido se ejecutó como una medida para frenar las legítimas reclamaciones del trabajador.


Fuente: Adaptación de información publicada en eleconomista.es