Nuevas mejoras en permisos laborales retribuidos

¿Qué significa para las personas trabajadoras?

1. Ampliación del permiso por nacimiento, adopción o acogimiento

  • Se extiende de 16 a 19 semanas por persona progenitora, remuneradas al 100 % por la Seguridad Social
  • Las 6 primeras semanas son obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento o acogida
  • La semana 17 debe disfrutarse dentro del primer año de vida del menor; las semanas 18 y 19 se pueden usar hasta que el menor cumpla 8 años, de forma flexible

2. Primer permiso retribuido por cuidado parental hasta los 8 años

  • Se retribuyen 2 semanas dentro del permiso parental existente de 8 semanas, antes totalmente no retribuidas.
  • Esta retribución retroactiva aplica a menores nacidos a partir del 2 de agosto de 2024, y permite reclamaciones si ya se ha disfrutado el permiso sin retribución.
  • No se podrá solicitar el cobro de esta prestación hasta el 1 de enero de 2026, aunque el derecho ya existe.

3. Permiso para familias monoparentales

  • Se reconoce el derecho a 32 semanas retribuidas: 28 por nacimiento/adopción y 4 por cuidado parental hasta los 8 años
  • Esta medida responde a sendas sentencias del Tribunal Constitucional y el Supremo que exigieron equiparación efectiva para familias monomarentales 

 Entrada en vigor

  • La nueva semana de nacimiento (hasta alcanzar 17) se aplica desde el 31 de julio de 2025 y no es retroactiva. No beneficiará a quienes ya hayan iniciado permiso antes de esa fecha.
  • Las dos semanas retribuidas por cuidado parental se aplican retroactivamente desde 2 de agosto de 2024, pero su solicitud económica estará habilitada desde el 1 de enero de 2026.
  • El nuevo marco representa un avance hacia la corresponsabilidad y equidad de género, ya que equipara los permisos de madres y padres e introduce flexibilidad para el cuidado infantil.
  • Desde una perspectiva legal, la medida satisface parcialmente la doctrina del TC (sentencia 140/2024) y las demandas de la Comisión Europea por retraso en la trasposición de la Directiva (UE) 2019/1158, lo que permitió evitar sanciones con costes diarios crecientes.
  • Sin embargo, organizaciones y juristas denuncian que la transposición llega tarde y resulta insuficiente al mantener pendientes otros mecanismos previstos como la remuneración completa de hasta 8 semanas del permiso parental.

Qué significa para las personas trabajadoras

  1. Más protección económica y tiempo de cuidado retribuido, sin coste personal.
  2. Derecho a reclamar las 2 semanas retribuidas retroactivas si ya se disfrutó el permiso.
  3. Garantía de 32 semanas para familias monoparentales, consolidando equiparación legal.

En resumen: el RDL 9/2025 supone un avance relevante, aunque limitado, para mejorar los permisos laborales retribuidos, equiparar derechos y avanzar en conciliación familiar. Sepma seguirá vigilando su aplicación y defenderá que ninguna trabajadora o trabajador pierda su derecho.

Fuentes sobre nuevos permisos parentales y RDL 9/2025

Comunicaciones SEPMA

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