¿Qué significa para las personas trabajadoras?
1. Ampliación del permiso por nacimiento, adopción o acogimiento
- Se extiende de 16 a 19 semanas por persona progenitora, remuneradas al 100 % por la Seguridad Social
- Las 6 primeras semanas son obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento o acogida
- La semana 17 debe disfrutarse dentro del primer año de vida del menor; las semanas 18 y 19 se pueden usar hasta que el menor cumpla 8 años, de forma flexible
2. Primer permiso retribuido por cuidado parental hasta los 8 años
- Se retribuyen 2 semanas dentro del permiso parental existente de 8 semanas, antes totalmente no retribuidas.
- Esta retribución retroactiva aplica a menores nacidos a partir del 2 de agosto de 2024, y permite reclamaciones si ya se ha disfrutado el permiso sin retribución.
- No se podrá solicitar el cobro de esta prestación hasta el 1 de enero de 2026, aunque el derecho ya existe.
3. Permiso para familias monoparentales
- Se reconoce el derecho a 32 semanas retribuidas: 28 por nacimiento/adopción y 4 por cuidado parental hasta los 8 años
- Esta medida responde a sendas sentencias del Tribunal Constitucional y el Supremo que exigieron equiparación efectiva para familias monomarentales
Entrada en vigor
- La nueva semana de nacimiento (hasta alcanzar 17) se aplica desde el 31 de julio de 2025 y no es retroactiva. No beneficiará a quienes ya hayan iniciado permiso antes de esa fecha.
- Las dos semanas retribuidas por cuidado parental se aplican retroactivamente desde 2 de agosto de 2024, pero su solicitud económica estará habilitada desde el 1 de enero de 2026.
- El nuevo marco representa un avance hacia la corresponsabilidad y equidad de género, ya que equipara los permisos de madres y padres e introduce flexibilidad para el cuidado infantil.
- Desde una perspectiva legal, la medida satisface parcialmente la doctrina del TC (sentencia 140/2024) y las demandas de la Comisión Europea por retraso en la trasposición de la Directiva (UE) 2019/1158, lo que permitió evitar sanciones con costes diarios crecientes.
- Sin embargo, organizaciones y juristas denuncian que la transposición llega tarde y resulta insuficiente al mantener pendientes otros mecanismos previstos como la remuneración completa de hasta 8 semanas del permiso parental.
Qué significa para las personas trabajadoras
- Más protección económica y tiempo de cuidado retribuido, sin coste personal.
- Derecho a reclamar las 2 semanas retribuidas retroactivas si ya se disfrutó el permiso.
- Garantía de 32 semanas para familias monoparentales, consolidando equiparación legal.
En resumen: el RDL 9/2025 supone un avance relevante, aunque limitado, para mejorar los permisos laborales retribuidos, equiparar derechos y avanzar en conciliación familiar. Sepma seguirá vigilando su aplicación y defenderá que ninguna trabajadora o trabajador pierda su derecho.
Fuentes sobre nuevos permisos parentales y RDL 9/2025

